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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL

Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera

::: RED DE ALERTA E INFORMACIÓN FITOSANITARIA :::

RED DE ALERTA E INFORMACIÓN FITOSANITARIA

Información de un hongo

Nombre común Podredumbre de cuello y raíces del tomate
Nombre científico Fusarium oxysporum f.sp. radicis lycopersici
Clase Ascomycetes
Orden Hypocreales

Cultivo Tomate


Productos fitosanitarios registrados

Organismos de control biológico

Medidas preventivas y culturales

  • Utilizar semillas sanas. En el caso de que lo requieran, deberán tener el Pasaporte Fitosanitario, además de estar registradas. El envase etiquetado debe conservarse durante un año.
  • Utilizar material vegetal sano procedente de viveros o semilleros autorizados. El Pasaporte Fitosanitario debe conservarse durante un año.
  • No asociar cultivos en la misma parcela.
  • No abandonar los cultivos al final del ciclo.
  • Distanciar en el tiempo la realización de la nueva plantación.
  • Usar variedades resistentes o tolerantes, cuando existan.
  • Desinfectar el suelo mediante solarización, antes de realizar la plantación.
  • Abonar de forma equilibrada para evitar exceso de vigor. Evitar exceso de abono nitrogenado.
  • El terreno debe de estar bien mullido y aireado, para evitar así el exceso de humedad.
  • Separar los goteros o emisores de riego de los cuellos de las plantas.
  • Realizar rotaciones de cultivos.
  • Si se desea aplicar estiércol, asegurarse de que está bien fermentado y exento de plagas.
  • Retirar y destruir los restos de poda.
  • Evitar realizar la plantación en un terreno donde exista antecedentes de ataques graves.
  • En caso de que utilizar semillas para ensayos, éstas deben estar perfectamente identificadas y conservar la documentación durante un año.
  • Evitar la propagación a través de maquinaria, agua de riego, animales, calzados, aperos, etc...

Criterios de intervención

Se intervendrá una vez aparezcan plantas con síntomas.

El criterio de intervención aquí recogido es orientativo. Los ajustes o modificaciones de éste deben ser realizados por el Técnico responsable de la explotación, bajo cuya responsabilidad debe aplicarse el control de la plaga.

Control con productos fitosanitarios

El Registro Oficial de Productos Fitosanitarios limita el uso de cada producto fitosanitario a determinados cultivos y plagas / enfermedades sobre los que se han realizado los estudios pertinentes que garantizan que su aplicación (siguiendo las instrucciones de uso expuestas en la etiqueta de cada producto) minimiza los riesgos y garantiza su eficacia.

  • Plazo de seguridad.
  • Usar las dosis y técnicas autorizadas (pulverización normal, espolvoreo, etc...).
  • Recomendaciones en casos de intoxicación o accidente.
  • Seguir medidas preventivas según la clasificación toxicológica y ecotoxicológica del producto.
  • Limpieza y eliminación de envases vacíos según la recomendación del fabricante.
  • Uso sólo en el cultivo para el que esté expresamente autorizado.

Aplicar un plaguicida haciendo caso omiso de estas restricciones puede acarrear graves riesgos para el cultivo, agricultor, medio ambiente y los propios consumidores.

Consejos para un control eficaz

  • Los tratamientos químicos durante el cultivo son ineficaces.
  • Desinfectar el suelo. Sólo es recomendable en casos concretos. Permite reducir la gravedad de sus ataques.
 
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